Europa

Estrasburgo reconoce el derecho de una mujer casada por el rito gitano a una pensión de viudedad

 la sentencia sienta jurisprudencia para la integración de las minorías étnicas

 España debe indemnizar a "la Nena" con 70.000 euros por el trato discriminatorio

Estrasburgo - 09/12/2009

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falló ayer a favor de una ciudadana española a la que la Seguridad Social negaba el cobro de la pensión de viudedad por estar casada por el rito gitano que no reconoce el Código Civil y estableció un plazo de 3 meses para que el Estado indemnice a la mujer con 70.000 euros en compensación por los perjuicios generados a causa de la "discriminación" a la que fue sometida.

La sentencia, emitida por seis votos a favor y uno en contra, sentará jurisprudencia y reconoce el derecho de las minorías étnicas a ser tratadas de forma diferenciada para favorecer su integración social.

El Tribunal de Estrasburgo se basa en la no discriminación establecida en el artículo 14 de la Convención de Derechos Humanos para establecer que María Luisa Muñoz, conocida como la Nena, sí tiene derecho a la pensión de viudedad

En su caso, su matrimonio de más de 30 años no quedaba reconocido por partir de un enlace gitano. La mujer emprendió entonces una batalla legal por discriminación que le llevó hasta Estrasburgo.

Muñoz Díaz recurrió la decisión de la Administración ante los tribunales y en 2002 logró que un juez de Madrid dictaminase que tenía derecho recibir la ayuda y el trato que le dispensaba el Estado "constituía un trato discriminatorio por razones étnicas hacia su persona".

Sin embargo, poco después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la decisión del primer juez al sentenciar "el estatus civil de la pareja no se ajustaba a la legislación".

Posteriormente, la Nena presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue desestimado en 2007 "por considerar que la pareja había optado por no formalizar legalmente su unión, a pesar de haber tenido la libertad para hacerlo". No obstante, uno de los jueces que analizó el caso argumentó que "para garantizar la igualdad de las minorías étnicas eran necesarias medidas de discriminación positivas".

Fuente: noticiasdenavarra.com

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